Gracias a la metodología de MásCOP, a nuestros profesionales, a la atención personalizada, a los servicios de coaching y planificación de estudio, entre otros servicios al alumno.
100 preguntas
Contestación por escrito de un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas cada una.
Se dispondrá de un tiempo máximo de dos horas para su realización.
La prueba será calificada por el tribunal de cero a diez puntos, siendo preciso obtener cinco puntos como mínimo. La calificación se hará atendiendo la siguiente fórmula: N=A-((F/3)/10), siendo N= nota final de la prueba; A=cuestiones acertadas; F=cuestiones erróneas o no contestadas
(con Celga IV, exento)
Se realizará a continuación de la prueba de conocimientos, y consistirá en la traducción de un texto del castellano al gallego y de otro texto del gallego al castellano.
Los textos serán elegidos por el tribunal inmediatamente antes de celebrarse la prueba.
El ejercicio tendrá una duración máxima de una (1) hora y se valorará como apto/a o no apto/a y para superarlo será el resultado de apto/a.
Las personas aspirantes que estuvieran en posesión del Celga IV o el equivalente debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia, estarán exentos.
(velocidad, dominadas/suspensión en barra, salto, resistencia y natación)
La no superación de cualquiera de las pruebas en la forma indicada dará lugar a la eliminación de la persona aspirante.
Psicotécnicos, personalidad y entrevista personal.
Estas pruebas están dirigidas a determinar las actitudes y aptitudes personales de las personas aspirantes y su adecuación a las funciones policiales que deberán desempeñar, comprobando que presentan un perfil psicológico adecuado.
Tendrán que ser efectuadas y valoradas por personal especialista y se calificarán como apto/a o no apto/a. Para superarlas será necesario obtener el resultado de apto/a en el conjunto de las pruebas realizadas.
Prueba de inteligencia. Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, explorando todos o algunos de los siguientes factores:
Pruebas de personalidad. Las pruebas se orientarán a la evaluación de los rasgos de personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social de las personas aspirantes. Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de personalidad. Entre otros, se explorarán los siguientes aspectos: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a las normas, capacidad de afrontar el estrés y motivación por el trabajo policial.
Entrevista. Los resultados obtenidos en las dos pruebas anteriores serán contrastados mediante una prueba individual que consistirá en la contestación a un cuestionario formulado verbalmente (entrevista), con la finalidad de valorar también el estado psicológico de las personas aspirantes.
Además de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán los siguientes aspectos:
El reconocimiento médico será efectuado por personal facultativo y su fin es garantizar que las personas aspirantes estén en condiciones idóneas para el ejercicio de las funciones policiales propias del puesto de trabajo.
Se calificará como apto/a o no apto/a y para superarlo será necesario obtener el resultado de apto/a.
A efectos de la exclusión de la persona aspirante, se tendrá en cuenta lo siguiente:
Obesidad-delgadez. Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
Índice de masa corporal (IMC) no inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la estatura expresada en metros.
Cualquier enfermedad, padecimiento o alteración de carácter físico, psíquico o sensorial que, a juicio de los facultativos médicos, impida, limite o dificulte el ejercicio de las funciones policiales